jueves, 29 de octubre de 2015

El Alcalde electo y el Decreto 562

El pasado 25 de Octubre en la ciudad de Bogotá se llevaron acabo las elecciones de Alcaldía donde el elegido fue Enrique Peñalosa con un 33.1 % seguido Rafael Pardo con 28.5% y Clara Lopez con 18.26%. Con estos resultados el nuevo alcalde desde el proximo año y para los siguientes cuatro años sera Enrique Peñalosa el cual ya indico que una de sus primeras medidas sera derogar el Decreto 562 sobre la libertad de alturas en la ciudad de Bogotá.

El nuevo alcalde indica que hay consenso sobre la conveniencia de tener una ciudad compacta: se ocupan menos tierras agropecuarias, los viajes son mas cortos y por lo tanto el costo y el tiempo de viaje es menor, funciona bien el transporte masivo de bajo costo y alta frecuencia, se consume menos energía. Pero hay limites mas allá de lo cuales la densidad alta destruye la calidad de vida. 

El objetivo de una ciudad no puede ser simplemente la densidad. Se trata de que sus ciudadanos tengan calidad de vida. Y para esto se requieren muy especialmente espacios públicos peatonales de calidad: aceras amplias, ciclorrutas, parques, campos deportivos, plazas. Bogotá es muy pobre en términos de espacio público. Por ejemplo, Londres tiene más de 1.500 canchas de fútbol públicas. Bogotá, donde casi todos los niños y cada vez más niñas juegan fútbol, tiene 26.

Una renovación urbana bien hecha en una ciudad como Bogotá, no consiste simplemente en aumentar la altura de los edificios, sino en aumentar y mejorar el espacio público peatonal. Es lo que hacen los buenos proyectos de renovación urbana en el mundo: se demuelen las edificaciones de un sector amplio; que se rehace, con un mejor urbanismo; lo que significa principalmente más y mejores espacios públicos peatonales.
Se indica que la renovación urbana del decreto 562 no contempla la generación de nuevos parques, plazas, vías, o siquiera las necesidades en términos de infraestructura de acueducto y alcantarillado que se puedan generar. Sin embargo si se halla contemplado en el decreto la asignación de este tipo de equipamientos los cuales son proporcionales a la capacidad de construcción en altura.
Dicho decreto fue expedido por la Alcaldía de Bogotá el 12 de diciembre de 2014, que reglamentó las nuevas condiciones para la renovación urbana en Bogotá, mediante la redensificación, dado que ya no hay suelo para construir en la ciudad. Con esta reglamentación se dio vía libre a la construcción de rascacielos en la zona comprendida entre la calle 127 y la avenida Primero de Mayo, desde la avenida Circunvalar hasta la avenida Boyacá. Fueron excluidas la zona industrial de Puente Aranda y Fontibón, y los bienes de interés cultural en zonas de conservación como Quinta Camacho, La Merced, Teusaquillo y La Candelaria.
Planeación ha defendido la medida con el argumento de que la ciudad requiere ser redensificada, para equilibrar la cantidad de habitantes por hectárea. Mientras en unas zonas hay 600 por ha, como en Patio Bonito, en otras es de apenas 47, como en el centro. Con la derogación de este Decreto se pondrían en riesgo muchos de los planes de renovación para la ciudad que le cambiarían la cara a Bogotá. 

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